COMDES PARTY: Ex directivos y actuales funcionarios a Juicio de Cuentas por usar fondos de salud en fiestas.
El caso por el uso de recursos públicos en la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Calama, COMDES, sumó un nuevo antecedente judicial-contable.
Una resolución del Juzgado de Cuentas, correspondiente a la causa JC N° 90150, fechada en Santiago el 22 de abril de 2026, tuvo por interpuesto el reparo o demanda vinculado a observaciones formuladas en contra de exdirectivos y funcionarios de la corporación.
El documento señala expresamente: "A lo principal: por interpuesto el reparo o demanda", y ordena dar traslado de la presentación a las personas individualizadas en la resolución, por el término legal, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 109 de la Ley N° 10.336.
La resolución se relaciona con el caso informado previamente por Contrapunto respecto del Informe Final N° 273 de la Contraloría Regional de Antofagasta, de fecha 7 de octubre de 2025, que revisó el uso de recursos del sistema per cápita del Ministerio de Salud asignados a COMDES durante el período 2021–2023.
De acuerdo con ese informe, la Contraloría observó gastos por $134.384.530 destinados a actividades ajenas a fines sanitarios. Además, detectó 143 egresos sin respaldo suficiente, por $161.764.626, y tres contrataciones del año 2023, por $28.104.999, efectuadas fuera del sistema de Mercado Público.
El monto total observado por el órgano fiscalizador fue superior a $255 millones.

Los involucrados en la resolución del Juzgado de Cuentas que arriesgan su patrimonio.
La resolución del Juzgado de Cuentas ordenó dar traslado a un grupo de exdirectivos y funcionarios de COMDES Calama.
Entre los individualizados figuran Edith Galleguillos Ledezma, exdirectora ejecutiva; Humberto Araya Quiroz, exdirector ejecutivo; y Jubitza Tapia Pérez, exdirectora ejecutiva.
También aparecen Janet Sorensen Andueza, encargada de la Unidad de Finanzas; Jessica Maluenda Bolados, encargada de contabilidad; Nicole Solar Caro, encargada de contabilidad; Yacqueline Aguirre Callisaya, exadministrativa financiero contable; y María Pía Romero Ramos, exadministrativa financiero contable.
La nómina continúa con Fernando Rivera Parra, encargado de Tesorería; Lissette Pacasi Carvajal, encargada de Tesorería; Jorge Muñoz Alborta, director de Gestión y Planificación; Jeffrey Núñez Pani, encargado de inventario y bodega; y Carolina Paredes Paredes, asesora técnica del Departamento de Salud.
El traslado ordenado por el Juzgado de Cuentas no constituye una sentencia definitiva ni implica, por sí solo, una declaración final de responsabilidad. Corresponde a una etapa procesal en que las personas individualizadas deben ser notificadas y ejercer las acciones o defensas que estimen pertinentes dentro del plazo legal
Alcance patrimonial del juicio de cuentas
A diferencia de un sumario administrativo, cuyo objeto principal es determinar eventuales responsabilidades disciplinarias, el juicio de cuentas tiene una dimensión patrimonial. Su finalidad es establecer si funcionarios, exfuncionarios o personas que tuvieron a su cargo recursos públicos deben responder pecuniariamente por una pérdida, deterioro o perjuicio causado al patrimonio público. La Tesorería General de la República describe este procedimiento como uno destinado a determinar la existencia de responsabilidad civil de quien, teniendo uso, custodia o administración de fondos o bienes públicos, incurre en una acción u omisión que causa pérdida o deterioro al patrimonio fiscal.
En términos prácticos, si el procedimiento concluye con una sentencia que acoge el reparo, los involucrados podrían ser obligados a reintegrar con su propio patrimonio las sumas que se determinen. El manual de la Unidad de Juicio de Cuentas señala que este procedimiento se vincula con la defensa judicial de los intereses patrimoniales del Estado, persiguiendo la responsabilidad civil de funcionarios o exfuncionarios para mantener la integridad del patrimonio público.
El juicio de cuentas no busca únicamente establecer si hubo una infracción administrativa. Su efecto más relevante es patrimonial: si el reparo es acogido, los involucrados pueden ser obligados a restituir con recursos propios los montos que el tribunal determine como perjuicio al patrimonio público.
El origen del reparo: el informe de Contraloría sobre fondos per cápita
El antecedente administrativo principal es el Informe Final N° 273, emitido por la Contraloría Regional de Antofagasta. Ese documento examinó el uso de recursos del sistema per cápita de salud, fondos destinados al financiamiento de prestaciones básicas y continuas de atención primaria, tales como consultas médicas, controles preventivos, vacunación, medicamentos, atención odontológica, programas de salud mental, promoción sanitaria y funcionamiento de la red de salud primaria.
Según el informe, parte de esos recursos fueron utilizados en actividades que no tenían relación directa con fines sanitarios, incluyendo almuerzos, celebraciones, cócteles, regalos y actividades institucionales.
La Contraloría también cuestionó la falta de mecanismos formales de control que permitieran distinguir adecuadamente entre gastos vinculados a salud y gastos ajenos a esa finalidad.
La cena APS 2022
Uno de los hechos descritos en el informe corresponde a la "Cena celebración aniversario Atención Primaria de Salud 2022", contratada con la proveedora Sonia Toro Paredes por un total de $28.203.000.
La actividad se realizó el 11 de noviembre de 2022, en el centro de eventos Casa Blanca de Calama, para 500 funcionarios, y fue financiada con recursos del per cápita de salud. Según consignó la Contraloría, el servicio contratado incluía panel logo, zona de fotos, cóctel de bienvenida, vino a la mesa, bebida individual, carro de refuerzo de bebestible, entrada, fondo, postre, torta, barra diferenciada, animación, bailable, sonido, DJ, pantalla data, sillas para reyes, sector de coronación, cantante y robot LED.
La actividad fue respaldada mediante tres facturas, N° 87, 88 y 90, emitidas por la misma proveedora, por montos de $11.900.000, $11.900.000 y $4.403.000, respectivamente.
Contraloría concluyó que dicho gasto no guardaba relación con acciones propias de salud primaria y que, además, la contratación se realizó fuera del sistema de compras públicas.
Reintegro observado
Durante la fiscalización, COMDES informó haber reintegrado los $28.203.000 al Servicio de Salud Antofagasta. Sin embargo, el informe de Contraloría señaló que la devolución fue realizada con recursos provenientes de la cuenta "Banco BCI autogenerado educación", es decir, con fondos asociados al ámbito educacional. Esa situación fue observada por el órgano fiscalizador, al tratarse de recursos pertenecientes a un programa distinto al originalmente cuestionado. En razón de estos antecedentes, Contraloría dispuso formular el reparo correspondiente, instruir un sumario administrativo en COMDES y remitir antecedentes a la Fiscalía Local de Calama

La visita anunciada de la Contralora y los claroscuros de la administración.
El pasado 15 de mayo, el alcalde de Calama, Eliecer Chamorro, anunció a través de las redes sociales de la Municipalidad la eventual visita a la comuna de la Contralora General de la República, Dorothy Pérez, aunque sin informar una fecha definida para dicha actividad.
El anuncio ocurre mientras se encuentra vigente la causa JC N° 90150 ante el Juzgado de Cuentas, derivada de las observaciones formuladas por Contraloría al uso de recursos per cápita de salud en COMDES Calama. Se suman los reparos al departamento de obras y su director, la fallida ordenanza de las barberías, las limitaciones a la guardia municipal, el bochornoso sumario por el accidente ocurrido en el (pendiente de recepción) Estadio Zorros del Desierto y varios procesos administrativos aún no develados.
La resolución del Juzgado de Cuentas no individualiza a Eliecer Chamorro dentro de las personas a quienes se ordenó dar traslado del reparo o demanda. Sin embargo, ese antecedente no elimina el componente político e institucional del caso. Los hechos observados ocurrieron dentro de COMDES, entidad municipal que durante el período fiscalizado operaba bajo una estructura directiva, administrativa y financiera encabezada por un directorio presidido por el alcalde de Calama y donde tienen poder de decisión sus equipos de confianza.
Así, el caso ya no se limita al informe administrativo ni al debate sobre una cena institucional financiada con recursos per cápita. También expone el funcionamiento de una corporación municipal bajo conducción directiva, con responsabilidades contables en revisión y con una pregunta institucional pendiente sobre el estándar de supervisión ejercido desde su directorio.
